11/04/2025 · BOE-A-2025-7292
Corrección de errores de la Orden PJC/178/2025 sobre cotización a la Seguridad Social y formación profesional para 2025
Rectifica el importe mínimo de la base por hora trabajada en el artículo 38.
Se modifica el primer párrafo del apartado 3 del artículo 38 de la Orden PJC/178/2025. El importe mínimo de la base obtenida, desde el 1 de enero de 2025, se establece en 8,32 euros por cada hora trabajada, sustituyendo la cifra anterior de 7,97 euros.