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13/05/2025 · BOE-A-2025-9277

Modificación de la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud

Actualización de los anexos I, II, III y VI del Real Decreto 1030/2006 sobre salud pública, atención primaria, especializada y prestaciones ortoprotésicas.

La norma incorpora al programa de cribado neonatal la tirosinemia tipo I y el cribado de cardiopatías congénitas críticas, además de modificar el programa de cribado poblacional de cáncer de cérvix. En el ámbito de la atención primaria, se actualizan los procedimientos diagnósticos, las actividades de prevención, promoción de la salud, atención familiar y comunitaria, y se regula expresamente la modalidad de atención no presencial (teleconsultas).

En cuanto a la atención especializada y prestaciones, se mantiene el dispositivo de cierre de la orejuela auricular izquierda y se excluye el stent esofágico biodegradable para patología benigna. Respecto a la prestación ortoprotésica, se reclasifican 25 tipos de estructuras endoesqueléticas para prótesis de miembro inferior como productos a medida (MED) para facilitar su registro en el SIRPO, se crean dos nuevos productos para la corrección de la afaquia en catarata congénita infantil y se aclara la prescripción de ortesis dinámicas antiequino tipo DAFO.

Las comunidades autónomas, Ceuta, Melilla, el INGESA y las mutualidades disponen de un año para adaptar los cribados de tirosinemia tipo I y cardiopatías congénitas, y de tres años para implantar la modificación del cribado de cáncer de cérvix. Para las modificaciones en materia ortoprotésica, el plazo de adaptación es de seis meses.

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