25/03/2026 · BOE-B-2026-9261
El Ministerio de Educación convoca las becas generales para estudios postobligatorios del curso 2026-2027
Los estudiantes de bachillerato, FP, enseñanzas artísticas y universitarias de grado y máster podrán solicitar las ayudas desde el 7 de abril al 18 de mayo. Las cuantías fijas incluyen hasta 2.700 euros por residencia y 1.700 euros ligados a la renta.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el 25 de marzo de 2026 el extracto de la Resolución de 23 de marzo de 2026 de la Secretaría de Estado de Educación, que formaliza la convocatoria de becas de carácter general para el próximo curso académico. Estas ayudas, dirigidas a estudiantes de enseñanzas postobligatorias con validez en todo el territorio nacional, representan una de las principales líneas de apoyo público a la formación no obligatoria. La convocatoria se enmarca en lo dispuesto por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su texto completo está disponible en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Podrán acceder a las becas los alumnos que no superen determinados umbrales de renta y patrimonio familiar y que cumplan requisitos de aprovechamiento académico. Las enseñanzas cubiertas son amplias e incluyen, entre otras, bachillerato, ciclos de Formación Profesional de grado medio y superior, enseñanzas artísticas profesionales y deportivas, estudios religiosos superiores, cursos de idiomas en escuelas oficiales y ciclos formativos de grado básico. En el ámbito universitario, se incluyen las enseñanzas conducentes a títulos oficiales de grado y máster impartidos en centros españoles, así como las enseñanzas artísticas superiores. Quedan expresamente excluidas las becas para estudios de doctorado, de especialización y para títulos propios de las universidades.
El sistema de becas combina cuantías fijas y una cuantía variable. Entre las fijas destacan la beca de matrícula para universitarios y estudiantes de enseñanzas artísticas superiores, que cubre el importe de los créditos matriculados por primera vez; una cuantía ligada a la renta de 1.700 euros; otra ligada a la residencia durante el curso escolar de 2.700 euros; y una beca básica de 300 euros para estudiantes no universitarios (350 euros para quienes cursen Ciclos Formativos de Grado Básico). Además, existen cuantías adicionales para residentes en la España insular, Ceuta y Melilla, y para estudiantes universitarios con discapacidad. La cuantía variable, cuyo mínimo es de 60 euros, se calcula ponderando la nota media del expediente y la renta familiar.
El plazo para presentar las solicitudes, tanto para estudios universitarios como no universitarios, se extiende desde las 8:00 horas del 7 de abril de 2026 hasta las 15:00 horas del 18 de mayo de 2026, ambos días inclusive. La tramitación debe realizarse obligatoriamente por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (https://sede.educacion.gob.es), donde los interesados deberán firmar la solicitud con un sistema de firma electrónica admitido. No se admitirán solicitudes que no completen este proceso electrónico.
La convocatoria establece reglas específicas para las comunidades autónomas con competencias transferidas en educación, como el País Vasco y Cataluña, remitiendo al artículo 68 de la convocatoria completa para determinar la administración a la que deben dirigirse los solicitantes. Si bien el sistema busca ampliar el acceso a la educación, la exclusión de estudios de tercer ciclo y la dependencia total de la tramitación digital pueden plantear barreras para algunos colectivos. La resolución fue firmada por el Secretario de Estado de Educación, Abelardo de la Rosa Díaz.